Newsletter Nº2
26 de Marzo, 2024

SE GENERALIZAN LOS CASOS EN QUE SE EXIGE UN PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS PARA INGRESAR BIENES EN LAS PROVINCIAS


Siguiendo el camino iniciado por Misiones y Formosa, la provincia de Jujuy crea un sistema de pago a cuenta del tributo, que debe hacerse efectivo en los puntos de control provinciales, en el momento de ingreso  o egreso de las mercancías.

El pago a cuenta equivale al 1% para los contribuyentes del Convenio Multilateral, 1,5% para los contribuyentes locales y 3.5%  para los sujetos no inscriptos, lo cual termina generando normalmente saldos a favor de los contribuyentes que no pueden ser compensados con la actividad habitual.

Tales normas resultan ilegítimas, pues constituyen una verdadera aduana interior, obstaculizando la libre circulación de mercancías, en clara violación a la cláusula comercial de la Constitución Nacional, tal como prevee su artículo 75 inc 13).

Un antecedente de valía en el tema, es la resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el caso “Loma Negra” del 27/9/2022, que otorgó la medida cautelar solicitada por el contribuyente, ante la violación de los derechos constitucionales.
Ante ello, deben analizarse los caminos judiciales pertinentes para lograr tales objetivos.

 

Para cualquier consulta sobre este tema u otro sobre el régimen penal tributario o delitos económicos, comunicarse con Mónica Callari en monica@bnc.com.ar o telefónicamente al 114378-2006.