Memorandum 075-2024
PROCEDIMIENTO FISCAL
RÉGIMEN DE INFORMACIÓN. ENTIDADES FINANCIERAS. OPERACIONES SUJETOS NO RESIDENTES. EXTENSIÓN DE PLAZO
AFIP extiende el plazo para que las instituciones financieras cumplan con el régimen de información de entidades financieras para operaciones de sujetos no residentes, correspondiente al año 2023.
La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la Resolución General (AFIP) 5517 (B.O. 27/06/2024) la AFIP, establece lo siguiente:
-La presentación de la información aludida (artículo 4° de la Resolución General N° 4.056 y sus modificatorias), correspondiente al año 2023 deberá suministrarse, con carácter de excepción -en sustitución del plazo establecido (artículo 6° de dicha norma)-, entre los días 1 y 31 de julio de 2024, ambos inclusive.
-Las instituciones financieras que presenten o hayan presentado la información del año 2023 con anterioridad al 1 de julio de 2024, deberán efectuar una nueva presentación en el plazo indicado en el párrafo precedente, utilizando la versión vigente del formulario de declaración jurada F.8301, según las especificaciones técnicas detalladas en el manual “Régimen de información financiera CRS y FATCA”, el que podrá consultarse en el micrositio “Información financiera CRS y FATCA” del sitio “web” institucional (https://www.afip.gob.ar).
Vigencia: 27/06/2024
FERIA FISCAL DE INVIERNO 2024
AFIP fija el plazo correspondiente a la feria fiscal de invierno.
La Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General (AFIP) 5518 (B.O. 27/06/2024) AFIP, establece fijar entre los días 15 y 26 de julio de 2024, ambas fechas inclusive, el período a que se refiere (el inciso b) del artículo 1° de la Resolución General N° 1.983, sus modificatorias y complementarias).
Recordamos que durante el citado período no se computarán, en el ámbito de la AFIP, los plazos procedimentales por los días hábiles administrativos comprendidos en él.
Vigencia: 27/06/2024
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
SIRADIG. DECLARACIÓN DE DEDUCCIONES. PRORROGA DEL PLAZO PARA PRESENTAR
AFIP prorroga el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores informen a través del SIRADIG las deducciones aplicables en el impuesto a las ganancias en concepto de cargas de familia, pagos a cuenta y otras deducciones para el año fiscal 2023 se extiende el plazo para que los agentes de retención realicen la liquidación anual del gravamen.
La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la Resolución General (AFIP) 5519 (B.O. 27/06/2024), establece que:
Los beneficiarios de las rentas comprendidas (Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003, sus modificatorias y complementarias), podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 15 de julio de 2024, inclusive.
Vigencia: 27/06/2024