Memorandum 119-2021

21 de Septiembre

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

 

INVERSIONES EN BIENES DE USO. RÉGIMEN DE DEVOLUCIÓN PAUTAS EXCEPCIONALES PARA TRAMITAR SOLICITUDES AÑO 2020

Se extiende hasta el 31/10/2021 el plazo para remitir el formulario web F. 8117 y el informe especial extendido por contador público, por parte de los sujetos que hayan tramitado la solicitud de devolución del crédito fiscal no absorbido del año 2020; proveniente de la compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de capital luego de transcurridos 6 períodos fiscales consecutivos.
En consecuencia, se dispone lo siguiente:
Se establece, mediante la Resolución General N° 5071 (B.O. 17/9/2021), que para las solicitudes de devolución de los créditos fiscales originados en la compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de uso -excepto automóviles- correspondientes al año 2020, tramitadas de acuerdo con lo dispuesto (Resolución General N° 4.937), la remisión del formulario de declaración jurada “web” F. 8117 y del informe especial extendido por contador público independiente podrá realizarse hasta el 31 de octubre de 2021, inclusive, en sustitución del plazo indicado en el punto 2 del artículo 1° de la Resolución General N° 4.937.
Vigencia: 17/09/2021

 

 

 

 

 

CONVENIO MULTILATERAL

 

REGALÍAS

La CPCM ratifica la Resolución General (CA) 8/2020, en el sentido de que, los gastos efectuados en concepto de “regalías” se consideran computables, en los términos del artículo 3 del Convenio Multilateral, quedando excluidas las regalías hidrocarburíferas.
En este sentido la Comisión Arbitral, dispone lo siguiente:
Mediante la Resolución General N° 6 (B.O. 20/9/2021) resuelve no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la provincia de Buenos Aires contra la Resolución General N° 8/2020, y ratificar la aplicación de la misma.
Vigencia: 20/09/2021

 

 

 

 

 

SEGURIDAD SOCIAL

 

ACTUALIZACION MASIVA CBU TRABAJADORES

La AFIP está enviando notificaciones al domicilio fiscal electrónico (DFE) de  los empleadores solicitando la actualización “a la brevedad” de la Clave Bancaria Uniforme (CBU) correspondiente a cada uno de los trabajadores.
La CBU debe corresponder a una cuenta válida y el trabajador debe figurar como titular o cotitular.
La primera vez que la AFIP solicitó la actualización de estos datos fue con el lanzamiento de los programas ATP (Asistencia al Trabajo y la Producción).
Recordamos que:
El Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) incluye, al menos, alguno de los siguientes beneficios:

- Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.

- Salario Complementario: es una asignación que paga el Estado Nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado.

- Crédito a Tasa Cero para Monotributistas y trabajadores autónomos sin ningún costo financiero.

- Crédito a Tasa Subsidiada para empresas.

- Sistema integral de prestaciones por desempleo.