Memorandum 114-2021

13 de Septiembre

SEGURIDAD SOCIAL

 

PROGRAMA REPRO II: PARÁMETROS Y CONDICIONES PARA EL PERÍODO AGOSTO 2021

El Ministerio de Trabajo define los parámetros y condiciones de preselección para los programas REPRO II y Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, correspondientes al período agosto 2021.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social mediante su Resolución (MTESS) 540/2021 (B.O. 10/09/2021) adopta las recomendaciones formuladas en el Acta N° 10 por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa REPRO II”.
Criterios de Preselección:

Criterios de Selección:

Teniendo en cuenta los parámetros presentados, para acceder al beneficio del Programa REPRO II, las empleadoras y los empleadores deberán cumplir con las siguientes condiciones, de acuerdo al sector de actividad al que pertenezcan:
Sectores críticos y afectados no críticos:
Cumplimiento de,  al menos, cuatro de los siete parámetros establecidos, de los cuales, serán de cumplimiento obligatorio, los siguientes tres indicadores:
- Variación de la facturación.
- Variación del IVA Compras.
- Variación de la relación entre el costo laboral y la facturación.
Sector salud:
Cumplimiento de,  al menos, cuatro de los siete parámetros establecidos, de los cuales, serán de cumplimiento obligatorio, los siguientes dos indicadores:
- Variación de la facturación.
- Variación de la relación entre el costo laboral y la facturación.
Las empresas con más de QUINCE (15) trabajadoras y trabajadores dependientes deberán presentar obligatoriamente la información requerida sobre los montos de activos y pasivos y patrimonio neto.
Para el caso del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores independientes en Sectores Críticos, correspondiente al mes de agosto de 2021, el Comité propone la siguiente variación de la facturación.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en las Resoluciones 416/21 y 420/21, para acceder al beneficio del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores independientes en Sectores Críticos, las trabajadoras y los trabajadores independientes deben cumplir con las siguientes condiciones:
-Trabajadora no empleadora o trabajador no empleador: cumplimiento del indicador de variación de la facturación.
-Trabajadora empleadora o trabajador empleador: cumplimiento del indicador de variación de la facturación y de los criterios de selección del Programa REPRO II.
Vigencia: 10/09/2021

 

 

 

 

 

 

ASIGNACIONES FAMILIARES. RÉGIMEN DE COMPATIBILIDAD PARA TITULARES MONOTRIBUTISTAS

La ANSeS establece un régimen de compatibilidades para la percepción de asignaciones familiares por los monotributistas y trabajadores de casas particulares, a los fines de cubrir las contingencias sociales y optimizar sus competencias laborales.
La Administración Nacional de la Seguridad Social mediante su Resolución (ANSeS) 185/2021 (B.O. 10/09/2021 establece que cuando uno de los integrantes del grupo familiar sea un  trabajador incluidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) -siempre que no tribute en la categoría I o superior, a excepción de la Asignación por Hijo con Discapacidad-, y el otro se encuentre incluido en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares,  o en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social, o registre declaraciones juradas del Ente de Cooperación Técnica y Financiera del Servicio Penitenciario Federal (ENCOPE), las asignaciones familiares serán percibidas por trabajador "Monotributista".
Asimismo,  cuando un mismo titular se encuentre simultáneamente dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes  -siempre que no tribute en la categoría I o superior, a excepción de la Asignación por Hijo con Discapacidad-, y del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, o registre declaraciones juradas del Ente de Cooperación Técnica y Financiera del Servicio Penitenciario Federal (ENCOPE), también tendrá derecho al cobro de las asignaciones familiares.
Recordamos que el cobro de cualquier suma originada en Prestaciones Contributivas y/o No Contributivas Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo las Prestaciones por Desempleo, y todo aquel que no se encuentre receptado en el régimen de asignaciones familiares para "Monotributistas", resulta incompatible con la percepción de las asignaciones familiares.
La resolución de ANSeS establece que el cobro de cualquier suma originada en Planes, Programas o Subsidios Sociales, Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta compatible con la percepción de las asignaciones familiares correspondientes a los titulares incluidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo)
Vigencia: 10/09/2021