Memorandum 101-2021

04 de Agosto

PROCEDIMIENTO FISCAL

 

ATENCIÓN VIRTUAL. NUEVO CANAL PARA REALIZAR TRÁMITES

La Administración Federal de Ingresos Públicos habilitó un nuevo canal de atención virtual al público que permitirá realizar consultas sobre trámites en forma remota sin necesidad de concurrir a las agencias del organismo.
En su página “WEB”, la AFIP, habilitó un nuevo canal de atención virtual, mediante el cual se brindará asistencia por parte de  las/os trabajadores a los interesados. 
Los turnos podrán solicitarse desde el lunes 2 de agosto.
La implementación del nuevo canal de atención virtual será progresiva. Durante la primera etapa será posible requerir asistencia para realizar cuatro de los trámites más frecuentes como son la inscripción de personas jurídicas, la cancelación de inscripción por fallecimiento, la vinculación de claves y las consultas de altas retroactivas en impuestos y/o regímenes. Para acceder al turno será necesario contar con clave fiscal nivel 2.
¿En qué consiste la atención virtual?
La atención virtual ofrece a los contribuyentes la posibilidad de recibir asistencia a través de un sistema de conferencias web. La herramienta que estará disponible a partir de agosto de 2021 permite contactar con agentes del organismo de manera remota y sin necesidad de concurrir a una dependencia.
¿En qué agencias está disponible?
La nueva herramienta estará disponible en esta primera instancia para aquellos contribuyentes inscriptos en ocho de las agencias que dispone la AFIP en todo el país. La información y experiencia que se recabe permitirá extender la atención virtual a todas las dependencias del organismo. 

  • - Agencia 14 – Morón, provincia de Buenos Aires
  • - Agencia 51 – CABA, provincia de Buenos Aires
  • - Agencia 63 – Adrogué, provincia de Buenos Aires
  • - Agencia 66 – Tigre, provincia de Buenos Aires
  • - Agencia Sede Neuquén – provincia de Neuquén
  • - Agencia Río Gallegos – provincia de Santa Cruz
  • - Agencia Sede Santa Fe – provincia de Santa Fe
  • - Agencia Sede Tucumán – provincia de Tucumán

¿Quiénes pueden solicitar la atención virtual?
Podrán acceder a la modalidad de atención virtual las y los contribuyentes que estén inscriptos en alguna de las dependencias listadas para esta primera etapa.
¿Qué trámites y consultas pueden realizarse?

  • - Inscripción de personas jurídicas 
  • - Cancelación de inscripción por fallecimiento
  • - Vinculación de claves
  • - Consulta de alta retroactiva en impuestos y/o regímenes.

¿Cómo se solicita un turno?
Los contribuyentes deberán solicitar un turno web y completar los datos solicitados por el sistema. Luego seleccionar alguna de las dependencias disponibles e indicar la modalidad de atención virtual.
¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir?
Para poder solicitar un turno para la modalidad de atención virtual es necesario contar con:

  • - CUIT, CUIL o CDI
  • - Acceso a internet
  • - Acceso a una computadora o un dispositivo móvil con cámara y micrófono
  • - Clave fiscal con nivel de seguridad 2, como mínimo