SOBRE LOS SALDOS A FAVOR DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
Las empresas, vienen soportando desde tiempo atrás, la problemática del tema de la referencia que se agudiza ante la imposibilidad fáctica - muchas veces, de lograr la reducción de las retenciones y percepciones.
Ello, a pesar que el Pacto Fiscal, establecido por la ley 27687 del 27/10/21, aún vigente, previó el compromiso de los fiscos provinciales de adecuar tales regímenes, respetando el límite territorial de la potestad tributaria y evitar la generación de saldos inadecuados o permanentes a favor de los contribuyentes.
Tal situación no se cumplimenta en la práctica, por lo que los contribuyentes, siguen acumulando saldos a favor que se constituyen en un empréstito forzoso cuyos beneficiarios son los Fiscos.
Ante ello, es posible analizar un complejo contencisoso que tienda a lograr que los contribuyentes queden excluidos de los regímenes de recaudación del impuesto, en forma provisoria y lograr la efectivización de la devolución de los saldos a favor.
Para cualquier consulta sobre este tema u otro sobre el régimen penal tributario o delitos económicos, comunicarse con Mónica Callari en monica@bnc.com.ar o telefónicamente al 114378-2006.