Memorandum 052-2024

30 de Abril

 

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

SIRADIG. DECLARACIÓN DE DEDUCCIONES. PRORROGA DEL PLAZO PARA PRESENTAR

AFIP prorroga el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores informen a través del SIRADIG las deducciones aplicables en el impuesto a las ganancias en concepto de cargas de familia, pagos a cuenta y otras deducciones para el año fiscal 2023 se extiende el plazo para que los agente de retención realicen la liquidación anual del gravamen.

La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la Resolución General (AFIP) 5507 (B.O. 29/04/2024), establece lo siguiente:
-Los beneficiarios de las rentas comprendidas (Resoluciones Generales 2442 y 4003, sus modificatorias y complementarias), podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F.572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive.
-Los agentes de retención practicarán la liquidación anual prevista (artículo 9° de la Resolución General N° 2.442 y en el inciso a) del artículo 21 de la Resolución General N° 4.003, sus respectivas modificatorias y complementarias), correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 28 de junio de 2024, inclusive.
El importe determinado en dicha liquidación anual será retenido o, en su caso, reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior a la fecha de dicha liquidación o en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el 10 de julio de 2024, inclusive.
Asimismo, deberá informarse e ingresarse el referido importe hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en el mes de julio de 2024, del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), previsto por la Resolución General N° 2.233, sus modificatorias y complementarias, informándolo en el período junio de 2024 y consignando como fecha de retención el 28 de junio de 2024.
Vigencia: 29/04/2024

 

 

IMPUESTOS INTERNOS

VEHÍCULOS AUTOMÓVILES Y MOTORES, EMBARCACIONES DE RECREO O DEPORTES Y AERONAVES

AFIP publica los nuevos valores difundidos con los incrementos de los tramos e importes mínimos de operaciones excluidas para vehículos automóviles y motores, embarcaciones de recreo o deportes y aeronaves motos vigentes desde el 1 de mayo hasta el 31 de mayo de 2024.

Podrá acceder a los nuevos valores en el siguiente “link”:
Https://biblioteca.afip.gob.ar/cuadroslegislativos/getAdjunto.aspx?i=32819

Aplicación: desde el 1 de mayo hasta el 31 de mayo de 2024.

 

 

ESTE MEMO CONTIENE INFORMACION DE INTERES GENERAL. NO CONSTITUYE UNA OPINION LEGAL SOBRE ASUNTOS ESPECIFICOS. EN CASO DE SER NECESARIO, DEBERA CONTACTARSE CON EL ESTUDIO.